Guía Fiscalidad

Declarar criptomonedas: guía paso a paso

Respuesta rápida

Declarar criptomonedas significa incluir en la renta las ganancias o pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones (venta, permuta, cambio o uso como pago) y, cuando proceda, los rendimientos en cripto que se consideren rendimientos del capital mobiliario. Esta guía resume qué tributa, qué documentación necesitas y los pasos básicos para incluirlo en el Modelo 100.

Cómo tributa

  • Las ganancias o pérdidas por la transmisión de cripto se integran en la base imponible del ahorro como ganancias o pérdidas patrimoniales. Consulta los tramos aplicables: 19 % hasta 6.000 €, 21 % de 6.000 a 50.000 €, 23 % de 50.000 a 200.000 €, 27 % de 200.000 a 300.000 € y 30 % a partir de 300.000 €.
  • Rendimientos como intereses, staking o préstamos en cripto pueden calificarse como rendimientos del capital mobiliario según su naturaleza y la documentación; la calificación depende del hecho económico.
  • La ganancia o pérdida patrimonial es la diferencia entre valor de transmisión y valor de adquisición, ajustada por costes y comisiones aceptados.
  • Para comparar el tratamiento fiscal con otros activos, puedes consultar la tributación en acciones, fondos o ETFs: tributación venta acciones, fiscalidad fondos inversión, ETF fiscalidad y cuestiones prácticas en plataformas como Trade Republic Hacienda o sobre tributación dividendos.

Si inviertes en cripto recuerda el riesgo: pueden producirse pérdidas patrimoniales y complicaciones fiscales por operaciones complejas.

Cómo se declara paso a paso

  1. Identifica el hecho imponible. Distingue transmisiones (venta, permuta, cambio o uso como pago) de rendimientos (intereses, staking, etc.).
  2. Reúne la documentación. Conserva historiales de transacciones, extractos de exchanges, direcciones de wallet, comprobantes de compra/venta y las comisiones pagadas.
  3. Calcula la ganancia/pérdida. Resta el valor de adquisición (incluidas comisiones) del valor de transmisión. Aplica normas de valoración y orden cronológico si procede.
  4. Incluye el resultado en el Modelo 100. Las ganancias y pérdidas patrimoniales y, si procede, los rendimientos del capital mobiliario se declaran en las secciones correspondientes; revisa las casillas específicas para 2026 en la guía de la AEAT.
  5. Conserva la documentación. No suele adjuntarse al presentar la declaración, pero debes guardarla por si Hacienda la solicita.
  6. Compensaciones. Si hay pérdidas, compénsalas con ganancias del mismo año y, si queda saldo negativo, puede arrastrarse según la normativa vigente.

Un ejemplo con números

Compras 1 BTC por 10.000 € y lo vendes por 12.500 €. La ganancia patrimonial es 2.500 € (12.500 − 10.000). Esa cifra se integra en la base imponible del ahorro del 2026 como ganancia patrimonial.

Errores habituales

  • No conservar pruebas de adquisición: dificulta justificar el valor de compra.
  • Clasificar mal la operación: confundir transmisión con rendimiento lleva a declarar en la casilla equivocada.
  • Ignorar comisiones y costes: elevará la ganancia declarada.
  • Omitir ingresos de exchanges extranjeros: la ubicación del proveedor no exime de declarar.
  • No aplicar periodos de compensación correctamente para pérdidas.

¿Cómo sabe Hacienda que tengo criptomonedas?

Hacienda obtiene información mediante requerimientos a exchanges y plataformas, cooperación internacional y análisis forense de blockchain y fuentes abiertas. Es cada vez más habitual que la AEAT pueda identificar movimientos y contrastar datos.

¿Tengo que declarar criptomonedas si no he vendido?

La mera tenencia no genera por sí misma una ganancia que declarar en la renta. Sí pueden tributar rendimientos sin venta (por ejemplo, intereses o staking). Además, pueden existir obligaciones informativas según el tipo y la ubicación de los activos; consulta la AEAT para tu caso.

Multa por no declarar criptomonedas

Omitir rendimientos o ganancias puede dar lugar a expedientes y sanciones según la Ley General Tributaria. La cuantía depende de la gravedad, la intención y si presentas una declaración complementaria antes de requerimiento.

Preguntas frecuentes

¿A partir de qué cantidad hay que declarar criptomonedas?

No hay un umbral único: se declaran las ganancias o rendimientos cuando se produce el hecho imponible que genera la renta. Para obligaciones informativas específicas, consulta la AEAT.

¿Cómo tributan las criptomonedas?

Tributan como ganancias y pérdidas patrimoniales en la base imponible del ahorro cuando se transmiten; algunos ingresos en cripto pueden tributar como rendimientos del capital mobiliario según su naturaleza.

¿Hay que declarar la tenencia?

Solo debe declararse la renta derivada (ganancias o rendimientos). La tenencia en sí no genera una ganancia que declarar en la renta, aunque pueden existir obligaciones informativas.

¿Se pueden compensar pérdidas con ganancias?

Sí. Las pérdidas patrimoniales se compensan con ganancias patrimoniales del mismo año y pueden arrastrarse a ejercicios siguientes según las reglas vigentes.

¿Qué documentación debo conservar?

Historiales de transacciones, extractos de exchanges, comprobantes de compra/venta, registros de wallets y justificantes de comisiones y costes.

Fuentes

Contenido informativo y educativo. No es asesoramiento financiero, fiscal ni jurídico personalizado. Los datos se muestran con su fuente y fecha; compruébalos en la web oficial antes de contratar.